Buscar los huecos en la normativa vigente. Es lo que hacen día a día los miembros de Yo SÍ Sanidad Universal y otras organizaciones que defienden el derecho a la salud de todos los ciudadanos, para que los centros de atención primaria y hospitales atiendan a los inmigrantes sin permiso de residencia que quedaron desprotegidos con el decreto de Sanidad de abril de 2012.
El Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril que impulsó Ana Mato divide a los ciudadanos en "asegurados y beneficiarios" con condiciones que excluyen a los inmigrantes residentes en España en situación irregular. Pero no a todos ni en todas las circunstacias, algo que según afirman miembros de Yo SÍ Sanidad desconocen muchos de los afectados y también el personal de los centros sanitarios, que rechazan muchas veces a personas que sí tienen derecho a la atención sanitaria.
La confusión aumenta con las diferencias en la normativa de cada comunidad autónoma. A lo que se suma la "arbitrariedad" en la atención entre distintos centros de atención, incluso dentro de la misma CCAA, según confirman en Yo SÍ Sanidad Universal. Por ello, la plataforma creó los grupos de acompañamiento: personas que asesoran y acompañan a los afectados para lograr su asistencia médica. Los talleres que instruyen a los nuevos grupos, como al que acudió eldiario.es en Pinto (Madrid) el 17 de febrero, explican los resquicios del sistema a los que recurrir cuando los inmigrantes reciben un 'no' en los centros de atención médica.
"En muchos casos las situaciones laborales de los administrativos les condicionan en su trabajo, porque tienen miedo a que les echen o que les perjudique de algún modo dar cita a inmigrantes sin papeles", dice Rosa Bajo, médica y la encargada de dar el curso de Yo Sí Sanidad Universal. La labor del grupo de acompañamiento es defender los derechos de los inmigrantes irregulares y buscar la colaboración del personal de los centros médicos."Tiene que quedar claro que no hacemos nada malo. Tratamos de garantizar el derecho a la salud, que debería corresponder a cualquier persona por el simple hecho de serlo", concluye un participante del taller.
La sociedad se conmueve con los casos de inmigrantes que han muerto por una atención deficiente tras quedarse sin cobertura. Pero no sabe que es posible ayudar a que eso no ocurra, explican en la ONG. Por eso, Bajo defiende la importancia de difundir los detalles de la regulación para que nadie permita que delante suyo se vulneren los derechos de una persona.
Las diez claves
1. Recordar las excepciones al decreto
La norma recoge tres casos en los que "los extranjeros no registrados ni autorizados como residentes en España, recibirán asistencia sanitaria": de urgencia por enfermedad grave o accidente, cualquiera que sea su causa, hasta la situación de alta médica; a las embarazadas, durante el periodo de gestación, parto y postparto; y a los menores de 18 años, en cualquier caso.
Según Bajo en los primeros meses de la implantación del decreto parte del personal de los centros médicos rechazaba la citación de inmigrantes sin papeles en cualquier caso, la mayoría de veces por desconocimiento. Y aún hoy sigue sucediendo. "Es importante recordar en los mostradores de ambulatorios y hospitales cuáles son las excepciones. Muchos de los inmigrantes a los que una vez les dieron un 'no' por respuesta en algún centro de atención, no han vuelto más", apunta.
2. Acogerse también a las excepciones autonómicas
Las Comunidades Autónomas tienen competencias asignadas en materia de Sanidad, por lo que a las tres excepciones anteriores se suman algunas más dependiendo de la región.
- Andalucía no aplica las restricciones del decreto, por lo que dispensa un "documento de autorización temporal de asistencia sanitaria", de un año de vigencia a los que se quedan fuera del sistema de salud pública.
- En Cataluña, la Instrucción 10/2012 del CatSalut amplió la cobertura sanitaria a las personas sin autorización de residencia y sin recursos econímicos suficientes, si llevan tres meses empadronados en algún municipio de la Comunidad. También recoge una serie de enfermedades que se tratarán en cualquier caso, como el VIH y las infecciones de transmisión sexual.
- País Vasco eleva el mínimo de empadronamiento a un año -además de unos ingresos inferiores a la Renta Básica de Euskadi- para obtener la Tarjeta Individual Sanitaria (TIS), que garantiza la asistencia "en iguales condiciones de calidad y con la misma extensión" que la de asegurados y beneficiarios. También tendrán derecho a la TIS aquellos que en el momento de la entrada en vigor del decreto ya disponían de la tarjeta. Una colaboradora de Médicos del Mundo recuerda que "el reconocimiento del derecho a la salud" es otra vía para quienes no cumplen el requisito del empadronamiento. También se contempla la cobertura para los solicitantes de asilo y refugio.
- La Comunidad de Madrid no fue de las CCAA que se rebeló contra el decreto, pero sí ha añadido algunos supuestos más en los que los inmigrantes tienen derecha atención: los solicitantes de asilo y las víctimas de trata cuya estancia temporal en España haya sido autorizada; los pacientes de enfermedades infectocontagiosas; y las personas con enfermedades crónicas cuyo tratamiento se haya iniciado antes del 31 de agosto de 2012 (estos últimos sin derecho a la prescripción de medicamentos).
3. Llevar a los centros médicos la documentación legal
A la confusión por las distintas excepciones y la falta de información en algunos centros sanitarios se suman a veces "órdenes orales por parte de instancias superiores para que se frenen las listas de urgencias o se rechacen las casos de pacientes irregulares", apunta Bajo. Para unas y otras situaciones, desde Yo SÍ Sanidad Universal recomiendan asistir a los ambulatorios y hospitales con "una carpeta que contenga toda la información, de ámbito nacional y regional, para poder enseñarla en el mostrador que corresponda".
4. Derivaciones incorrectas
La doctora Bajo recuerda que el decreto encarga al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no siempre es el organismo al que deben acudir los inmigrantes sin papeles para reconocer su derecho a la atención. "A veces, son los propios centros de salud los que deben darles de alta en el sistema y, por ignorancia u otros motivos, les envían al INSS".
En Madrid las mujeres embarazadas, los menores, los solicitantes de protección internacional y las víctimas de trata de seres humanos pueden solicitar en su centro de salud el Documento de Asistencia Sanitaria en Situaciones Especiales (DASSE), que les garantiza la misma cobertura que las personas con tarjeta sanitaria. "Pero hay veces que envían a estas personas a las oficinas del INSS, donde lógicamente les dicen que no les corresponde la tramitación de sus casos", explica Bajo.
Todo un camino burocrático que retrasa la atención de los inmigrantes e, incluso, los desanima y aparta del sistema. "Son incidentes que contribuyen a que los inmigrantes no acudan a los centros de salud", apunta Bajo. En la atención urgente, los inmigrantes tampoco deben tener ningún trámite en regla de la oficina del INSS.
5. ¿Qué es una urgencia?
El decreto recoge la atención "de urgencia por enfermedad grave o accidente, cualquiera que sea su causa, hasta la situación de alta médica". Sin embargo, la doctora Bajo cuenta varios casos en los que, desde los mostradores de centros de salud y hospitales, se ha cuestionado el carácter urgente de la atención que precisaban inmigrantes sin permiso de residencia para no atenderlos.
Desde Yo SÍ Sanidad Universal aseguran que la vía de urgencia debe estar garantizada en todos los casos -sean cuales sean las necesidades del paciente- por varios motivos. La Organización Mundial de la Salud define la urgencia como "la aparición fortuita en cualquier lugar o actividad de un problema de causa diversa y gravedad variable que genera la conciencia de una necesidad inminente de atención, por parte del sujeto que lo sufre o de su familia". Según esta definición, la percepción del paciente es la que determina la urgencia.
Por otro lado, Bajo apunta que los administrativos de un centro de salud u hospital no pueden rechazar un paciente por una supuesta falta de gravedad del paciente, puesto que no están autorizados a valorar este aspecto. Aunque pueden preguntar por el motivo de la urgencia para introducirla al sistema informático, solo corresponde al médico valorar la gravedad de la situación del enfermo.
Así, Bajo recomienda que, ante una negativa en los mostradores de algún centro de atención médica, el inmigrante o las personas que participan en el acompañamiento recuerden estos dos puntos.
6. Recurrir las facturas de urgencias
El mayor número de problemas que registra esta ONG en cuanto a facturación proviene de los hospitales. En varios centros de atención especializada han pasado -o lo han intentado- una factura por la atención en urgencias. En algunos casos, ante la petición de dinero, los inmigrantes se fueron y no recibieron una atención que les corresponde.
En el Manual para grupos de acompañamiento de Yo SÍ Sanidad Universal recomiendan a los inmigrantes excluídos de la sanidad pública que "no firmen compromisos de aceptación de gasto"."Nuestros mayores aliados en los hospitales son los trabajadores sociales. A ellos hay que acudir cuando haya algún problema de facturación de servicios", aconseja Rosa Bajo.
Si se negasen a atenderlos sin pasar la factura (a pesar de que es ilegal), Bajo recomienda cogerla y reclamarla más tarde en Atención al Paciente. "Es importante que se reclame porque si no pagan la cantidad tras varios avisos, la deuda pasará a la vía ejecutiva y podrá perjudicar a los extranjeros en la regulación de su situación en España", afirma uno de los médicos asistentes al taller en Pinto.
7. De la primera atención al alta
Las urgencias abarcan todo el proceso. "Hay hospitales que pretenden cobrar las pruebas durante los ingresos y la estancia en los hospitales, cuando todo este periodo corresponde al tratamiento por urgencias", afirma Bajo. En caso de cobro, la misma recomendación: reclamar la factura.
En Madrid, las instrucciones específicas de la Consejería pretenden limitar el periodo de urgencias y cobrar por el tratamiento posterior: "Si la persona atendida de urgencia precisase seguimiento de su proceso [...] se le indicará que, para ser atendido, puede suscribir un Convenio Especial para dar cobertura a dicha asistencia o, en caso contrario, ésta le será facturada". Sin embargo, la ONG aclara que una regulación autonómica no puede prevalecer sobre el decreto estatal.
8. Pedir el alta en el sistema
Esta opción permite un mayor seguimiento. Depende de cómo funcione cada CCAA pero hay varias posibilidades para abrir el expediente en urgencias de un paciente sin cobertura sanitaria.
Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid se puede dar de alta en el sistema como Transeúnte sin Permiso de Residencia (TIR), que tiene un año de duración y permite derivaciones, pruebas e intervenciones (aunque no la prescripción de medicamentos). Sólo hace falta presentar en el centro de salud u hospital su documento de identidad y el empadronamiento. De lo contrario, el registro de la consulta de Transeúnte General (TIG) será borrado automáticamente de la base de datos a las 24 horas.
9. Conseguir medicamentos
Los profesionales médicos pueden reclamar medicamentos para excluídos por el sistema, mediante un correo a la dirección de Gestión Farmacéutica de la Consejería de Sanidad. "Les pasamos la responsabilidad y, en la mayoría de casos, han facilitado la medicación para los casos solicitados", apunta Bajo.
10. La actitud debe ser conciliadora, no combativa
Es la actitud que defienden desde Yo SÍ Sanidad Universal, en la que colaboran muchos profesionales del sector sanitario. "Los médicos y el personal médico no es nuestro enemigo", apunta Bajo. "No hay que ir a montar bronca a un centro sanitario, ni siquiera cuando nos encontremos actitudes xenófobas o falta de sensibilidad, porque eso no va a ayudar a que atiendan al paciente".