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Nueva factura de la luz: Competencia pide su desaparición a un mes de su estreno

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La luz está cegando al Gobierno. Toda su reforma del sector eléctrico está jalonada de críticas: renovables, consumidores, eléctricas y, ahora, la Comisión Nacional de la Competencia (CNMC), que desde su reciente nacimiento no se había caracterizado por ser particularmente beligerante con el Ejecutivo.

En el informe sobre la nueva factura, cuya entrada en vigor está prevista para el 1 de febrero, la CNMC "considera que para un eficaz desarrollo del mercado minorista sería necesario establecer una hoja de ruta para la desaparición del PVPC". Es decir, del precio sobre el que se articula la nueva factura, el Precio Voluntario para el Consumidor. ¿Por qué? Pues porque está tan regulado (21,4% de impuestos, 41,2% de peajes –gasto de transporte, distribución, incentivos a renovables, gastos extrapeninsulares, pago de déficit tarifario– y el 37,2% de energía –el 40% es el consumo, ligado ahora al mercado diario, y el 60% la potencia contratada, precio marcado por el Gobierno–), que casi no deja margen para la competencia en las compañías comercializadoras.

Pero no sólo eso. La CNMC critica:

 

1. "En tanto no se modifique, el bono social podría resultar negativo en la medida en que el coste de la energía" que se le está aplicando "sea, en algún periodo, superior al incluido en el PVPC. Se debería, en consecuencia, adaptar el bono social al nuevo mecanismo de PVPC.  En este sentido, la tarifa de último recurso para este colectivo debería definirse de tal forma que el bono social resultara siempre positivo, por ejemplo, estableciendo un porcentaje de descuento sobre el PVPC".

2. Sólo "los consumidores informados" podrán "utilizar eficientemente las señales de precio que se deriven del mercado, de modo que éstas repercutan en una reducción del precio medio que pagan por su consumo eléctrico". Es decir, sólo unos pocos podrán beneficiarse de las supuestas ventajas del nuevo sistema: saber cuándo el precio de la luz será más bajo. Esos pocos, además, deberán estar en el 35% de los que tengan nuevos contadores antes de fin de año: unos 9,5 millones de los 27 millones de puntos de distribución (ahora andamos en torno al 25% de contadores sustituidos).

3. "Menor estabilidad de los precios. Pudiendo en los meses de consumo más elevado suponer una variabilidad adicional sobre el mecanismo vigente de 2€. Se señala que en determinadas circunstancias (típicamente en los meses de mayor consumo o con mayor pluviometría o
viento) la variabilidad con el nuevo mecanismo podría dar lugar a incrementos o descensos de la factura de 6€. Todo ello sin considerar el impacto que tiene sobre la factura la propia estacionalidad del consumo".

4. "La introducción de la obligación para las comercializadoras de referencia de ofrecer un contrato anual a precio fijo [como alternativa a la factura variable en función de los precios del mercado diario], [...] compite con los servicios ofrecidos en el mercado libre. Esta Comisión considera que para un eficaz desarrollo del mercado minorista sería necesario establecer una hoja de ruta para la desaparición del PVPC, si bien ésta debería comenzar una vez se encuentren en funcionamiento los procedimientos de cambio de suministrador y se hayan introducido las medidas necesarias para que se garantice una completa transparencia en el proceso de contratación y un mayor conocimiento del consumidor de la oferta contratada".

5. "El mecanismo de PVPC no permite realizar una comparación a priori con otras ofertas existentes en el mercado, lo que puede dificultar la contratación de nuevos productos ofrecidos por los comercializadores libres, ya que sólo resulta posible calcular los ahorros con respecto al PVPC a posteriori. Únicamente sería posible la comparación si la oferta del comercializador libre supusiera un descuento sobre el término fijo del PVPC [establecidos por el Gobierno]".

6. "La principal dificultad para la entrada de nueva comercialización libre no está tanto en la existencia de un precio de referencia para el pequeño consumidor, sino fundamentalmente en la estructura verticalmente integrada en los principales grupos del sector de la actividad de generación, distribución y comercialización [Iberdrola, Endesa, Gas Natural-Fenosa, EDP, y E.ON].

7. "La necesidad de ciertas economías de escala para gestionar el negocio, la mayor resistencia del consumidor a realizar cambios, la falta de liquidez en los mercados con un plazo superior al año, la inexistencia de mercados a plazo [la subasta trimestral que se usaba antes] para la cobertura de la volatilidad del coste de los servicios de ajuste o la menor elasticidad precio de la demanda doméstica respecto a la industrial contribuyen a la reducida cuota alcanzada por los comercializadores no integrados verticalmente".

Y aplaude:

8. "El nuevo mecanismo [...] supone una reducción del coste de la energía que se incluye en el PVPC, en la medida en que, al fijarse el precio en el mercado al contado, no se incluye la prima de riesgo de los mercados a plazo. En términos medios, en el periodo comprendido entre julio de 2009 (fecha de introducción del suministro de último recurso y de las subastas CESUR) y octubre de 2013 (último dato disponible), el coste de la energía [pagado por los consumidores] ha sido un 11% superior al que hubiera resultado de aplicar los precios registrados en el mercado". La CNMC lo cifra en 1.671 millones de euros.

9. "Una vez que todos los consumidores cuenten con equipos de medida telegestionados, sus facturas serán el reflejo de la evolución real de los precios habidos en el mercado al contado".

10. "Mejora de la eficiencia de la curva de carga del sistema. La curva de carga diaria del sistema eléctrico peninsular está determinada por
el comportamiento de la demanda. En los días laborables (sobre todo de invierno) se precisa casi el doble de potencia en los periodos de punta con respecto a los de valle".

11. "El mecanismo propuesto elimina la revisión trimestral del PVPC, en función del resultado de la CESUR, y la utilización de equipos de medida telegestionados minimizan la necesidad de facturar sobre la base de lecturas estimadas. Por tanto, se minimizan las refacturaciones en el coste de la energía implícito del PVPC".









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